"Del mito al logos" (Vom Mythos zum Logos) es el título de una obra del filólogo alemán Wilhelm Nestle, escrita en el año 1940. Con esta expresión el autor quería significar la transición entre el pensamiento mágico y el racional. Sin embargo, en pleno siglo XXI, los terrenos del mito siguen siendo demasiado amplios, a costa del logos. Aun entendiendo que la frontera que las delimita no es una gruesa línea recta, sino un trazado sinuoso y sorprendente, conviene no confundir estas dos naciones. Es lo que trataremos de hacer aquí. Bienvenidos.

domingo, 29 de noviembre de 2009

La inestable identidad del embrión humano en la lógica de proposiciones



En un artículo publicado en El País y titulado Derecho a la vida y obligación de protegerlo, la presidenta del Parlamento Vasco, Arantza Quiroga desarrolla un interesante argumentario en apoyo de su postura, contraria al proyecto de ley de ampliación de los supuestos del aborto (e imagino que contraria al aborto en cualquier supuesto). Quiroga elige tres núcleos de argumentación para sostener su postura: la religión, la ley y la biología.

Su argumento religioso se limita a desautorizar una referencia de José Bono, presidente del Congreso de los Diputados, a la encíclica Evangelium Vitae y realmente no aporta gran cosa a la discusión general, por lo que carece de interés. Sin embargo, en el resto de su artículo, Arantza Quiroga entremezcla los razonamientos legales y biológicos e incurre en ciertas contradicciones o, al menos, en ciertos vicios discursivos. En la parte de la discusión legal apela a la protección de la vida humana como obligación política y jurídica, dando a entender con toda claridad que el embrión posee ya todos los atributos de lo que cabe entender como 'vida humana' -"¿Es acaso esa vida menos digna por encontrarse en un periodo más temprano de desarrollo?", se pregunta Quiroga, que parece no entender que tal vida no se encuentra en fase alguna de desarrollo, sino que es la vida misma la que va creándose durante ese mismo desarrollo. Se trata de una confusión, nada extraña por otro lado, entre estado y proceso; en nuestro caso, la vida no es un estado previo que va desarrollándose, sino un proceso que existe en tanto en cuanto va ocurriendo.

Pero no es este el motivo de mi crítica argumentativa al artículo en cuestión. Porque si, como hemos visto, en su razonamiento legal la autora parte de una afirmación de principio (la vida del embrión es plenamente humana) como apoyo para sus tesis, en la parte de la discusión biológica introduce esta afirmación como algo que justamente debe demostrarse científicamente, y en tanto no sea así, debe aplicarse el famoso principio de in dubio pro reo.

Carezco de conocimientos jurídicos, pero me pregunto si la ley puede proteger un bien del que no se sabe con seguridad si existe o no. Los ejemplos que cita el artículo como aplicación del principio in dubio pro reo -la libertad, el bienestar laboral y la conservación del medio ambiente- son bienes que sin duda existen, algo que no queda claro en el caso de la vida humana -en la total acepción de este término- en un embrión de hasta 14 semanas (el plazo establecido por el proyecto de ley antedicho).

En cualquier caso, no me interesa tanto destacar los aspectos legales de este asunto -sobre los que bien poco puedo opinar- cuanto poner en evidencia cierta inconsistencia argumentativa y discursiva en la reflexión escrita de la señora Quiroga. Veámoslo.

Simplificando, Arantza Quiroga sostiene su razonamiento legal en una tesis que da por demostrada para, a continuación, afirmar que dicha tesis no está demostrada y que, mientras no se demuestre, debe aplicarse el razonamiento legal del principio. O, más o menos así: "está demostrado que el embrión posee una vida plenamente humana y la ley debe protegerla; pero como no está científicamente establecido que el embrión tenga una vida plenamente humana, la ley deberá igualmente protegerla por si acaso". Resumiendo aún más: "si está demostrado y no está demostrado que el embrión tiene una vida plenamente humana, entonces la ley debe protegerla".

O, en formulación algo más técnica:

[Si A (está demostrado que el embrión posee plenamente la vida humana), entonces B (la ley debe proteger al embrión). Es así que A, luego B].

Hasta aquí, todo bien (se trata de un razonamiento típico conocido como modus ponens, o afirmación del antecedente). Y, a continuación, utilizando esta misma figura lógica:

[Si no-A (no está demostrado que el embrión posea plenamente la vida humana), entonces B (la ley debe proteger al embrión). Es así que no-A, luego B].

En definitiva,  si [A y no-A], entonces B.

En lógica se suele decir que de una contradicción puede inferirse cualquier cosa, de modo que B podría ser, en efecto "la ley debe proteger al embrión", pero también podría ser "la ley no debe proteger al embrión" o "la ley debe condenar a pena de muerte a todos los calvos que se peinen con cortinilla", o "la ley no debe condenar a pena de muerte a todos los calvos que se peinen con cortinilla", o incluso "la ley debe condenar a pena de muerte a todos los calvos que no se peinen con cortinilla". Y así hasta el infinito.

Quod erat demonstrandum.

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